Derecho de la propiedad

Derecho de la propiedad

Regulado principalmente en nuestro Código Civil y con un profundo desarrollo jurisprudencial de nuestros Tribunales de Justicia, el artículo 348 del Código Civil nos explica cómo la propiedad es el derecho a gozar y disponer de una cosa, sin más limitaciones que las establecidas por las leyes.

En la práctica se demuestra sin embargo que el gozar y disfrutar de lo que nos pertenece no tiene porqué ser tan sencillo. Tanto en el ámbito rural como urbano, continuamente se producen situaciones conflictivas para cuya resolución no solamente es necesario tener un amplio conocimiento de la materia, sino acudir in situ a la propiedad y contemplar con nuestros propios ojos el problema que se le plantea a nuestro cliente.

Las servidumbres, bien voluntariamente establecidas o por imperativo legal, constituyen la principal limitación que puede afectar al libre goce y disfrute de nuestra propiedad, precisamente en beneficio de una propiedad colindante, de un determinado grupo de personas, o por utilidad pública. Las más cotidianas son las servidumbres de paso, de luces y vistas, de medianería, etc. Sean nuestros clientes los afectados por una servidumbre (predio sirviente) o los propios titulares de un derecho de servidumbre sobre propiedad ajena (predio dominante), en Urdangarin Abogados le  informaremos de sus derechos y le alertaremos de sus obligaciones, asistiéndole con los medios que sean necesarios para hacer valer sus derechos ante quien corresponda.

Otro de los problemas más habituales tanto en fincas rusticas como urbanas son los deslindes. A menudo las escrituras de propiedad no realizan una suficiente descripción de los linderos de cada finca, y en otras ocasiones aquellos elementos que sirvieron en origen para limitar una propiedad de otra han quedado borrados o modificados en el tiempo, dando lugar a disputas entre propietarios de fincas colindantes. Nuestra experiencia en este ámbito nos permite defender los derechos de nuestros clientes no limitándonos al estudio del contenido de las escrituras de propiedad, pues contamos también con la colaboración de profesionales cualificados en el ámbito de la ingeniería topográfica, que ayudarán a descubrir la evolución de los signos que revelen el verdadero deslinde entre varias fincas.

La diferencia entre la propiedad y el uso o la posesión, y sus consecuencias, es sin duda otra de las problemáticas más importantes del derecho de propiedad. La adquisición (o pérdida) de una propiedad ante la posesión continuada de una finca o derecho por persona distinta a su titular, se regula a través de la institución jurídica de la usucapión o prescripción adquisitiva. Esta es otra de las materias que más cualificación requieren en un profesional del derecho, contando nuestra firma con amplia experiencia en este ámbito, para tranquilidad de nuestros clientes.

Por último, la más flagrante limitación de un derecho de propiedad es la perdida de tal derecho por interés público, o lo que es lo mismo, la expropiación urbanística. Pese a centrar nuestra labor en la relación entre particulares que engloba el ámbito civil, la necesidad de todo particular de verse asesorado ante la drástica limitación del derecho de propiedad que supone la expropiación urbanística, nos has llevado a tener una notable experiencia en este ámbito, permitiendo asesorar a nuestros clientes y hacer valer sus derechos ante las administraciones publicas correspondientes, y en última instancia ante la jurisdicción contencioso administrativa.

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